° Para la determinación de la extensión superficiaria de las reservas nacionales que deban hacerse en los monumentos a que se refiere el artículo 2° de la Ley 163 de 1959 y el artículo 3° del presente Decreto, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar los servicios o conceptos de las entidades o institutos técnicos especializados en estos estudios.
Article 7
Para La Determinación De La Extensión Superficiaria De Las Reservas Nacionales Que Deban Hacerse En Los Monumentos A Que Se Refiere El Artículo 2° De La Ley 163 De 1959 Y El Artículo 3° Del Presente Decreto, El Consejo De Monumentos Nacionales Podrá Solicitar Los Servicios O Conceptos De Las Entidades O Institutos Técnicos Especializados En Estos Estudios
Decreto 264 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959 sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación
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