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Article 2.4.7.2

Artículo 2.4.7.2 . Autoridades Que Participan En La Visita

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Autoridades que participan en la visita oficial de arribo. Para los efectos del presente título se entenderá por autoridades de la visita oficial de arribo: La Dirección General Marítima (Dimar), la Dirección o Entidad Territorial de Salud, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, las cuales actuarán a través de sus representantes respectivos en el terminal marítimo.

Parágrafo 1

Los agentes marítimos deben garantizar en coordinación con el capitán de la nave, las condiciones de seguridad a los funcionarios que participan en la visita oficial de arribo, con el objeto de minimizar los riesgos asociados con el ejercicio de esta función, sin las cuales no se llevará a cabo dicha visita.

Parágrafo 2

El propietario y/o armador del buque serán los responsables de las condiciones migratorias reglamentarias de pasajeros, tripulantes y polizones dentro de la nave durante el arribo, permanencia y salida de puerto.

02

Constitutional history

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