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Article 12

Decreto 883 de 1997 · por el cual se regulan de manera general algunas actividades y se define un instrumento administrativo para la prevención o el control de los factores de deterioro ambiental.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Presentación de informes periódicos. El propietario del proyecto, obra o actividad, deberá presentar a la autoridad ambiental competente, informes periódicos del cumplimiento ambiental. En los proyectos, obras o actividades cuya duración sea inferior a seis (6) meses, se presentará un informe correspondiente a la mitad de la ejecución del mismo y otro dentro del mes siguiente a la finalización de las actividades. En caso de que la duración del proyecto, obra o actividad supere el término de seis (6) meses, el usuario deberá presentar informes trimestrales de su avance y cumplimiento y un informe final dentro de los dos (2) meses siguientes a la terminación de las obras.

Parágrafo

Cuando los proyectos, obras o actividades descritos en el presente decreto se encuentren enmarcados dentro de un proyecto que cuente con licencia ambiental o plan de manejo ambiental aprobado, en los que se haya exigido la constitución de una interventoría ambiental, los informes de cumplimiento ambiental serán reportados con la periodicidad allí establecida.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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