°. Autorízase al Ministerio de Obras Públicas para que, al ceder las acciones que reúna, celebre con el SENA un convenio que permita al Gobierno Nacional obtener servicios para la reparación de sus equipos de obras públicas, como consecuencia de los programas de formación profesional que para este sector desarrolle el SENA y sin que tales labores perturben sus actividades docentes.
Los trabajadores del Ministerio y demás organismos integrantes de INMECO recibirán formación profesional en este Centro, de acuerdo con las posibilidades del SENA y según lo que sobre el particular se determine en el mismo convenio.