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Article 8

La Bonificación Mensual Para El Personal De Alféreces, Guardiamarinas Y Pilotines De Las Fuerzas Militares, Alféreces De La Policía Nacional Y Alumnos De Las Escuelas De Formación De Suboficiales De Las Fuerzas Militares, Será La Siguiente: Para Gastos Personales Setenta Y Dos Mil Sesenta Y Cinco Pesos ($72

Decreto 304 de 2000 · Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para los empleados y funcionarios públicos del orden nacional, de las Universidades Públicas, las Corporaciones Autónomas regionales y de Desarrollo Sostenible y los Miembros de la Fuerza Pública

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°. La bonificación mensual para el personal de Alféreces, Guardiamarinas y pilotines de las Fuerzas Militares, Alféreces de la Policía Nacional y alumnos de las Escuelas de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Militares, será la siguiente: Para gastos personales setenta y dos mil sesenta y cinco pesos ($72.065) moneda corriente

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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