° Los Ingenieros al servicio de la Nación, afiliados a la Caja de Sueldos de Retiro de los Ingenieros, disfrutarán, a partir del 1° de enero de 1954, de las mismas prestaciones sociales establecidas por las leyes .de carácter general para los demás empleados del servicio público Nacional y tendrán para con la Caja de Previsión Social de los Empleados y Obreros Nacionales, las mismas obligaciones de éstos.
Article 2
Los Ingenieros Al Servicio De La Nación, Afiliados A La Caja De Sueldos De Retiro De Los Ingenieros, Disfrutarán, A Partir Del 1° De Enero De 1954, De Las Mismas Prestaciones Sociales Establecidas Por Las Leyes
Decreto 3151 de 1953 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre Caja de Sueldos de Retiro de los Ingenieros, y se dispone su incorporación en la Caja Nacional de Previsión Social de los Empleados y Obreros Nacionales
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