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Article 44

Ley 74 de 1926 · Sobre fomento a la agricultura y a la inmigración y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En el Ministerio de Industrias se abrirá la sección de publicaciones que se entenderá con la edición de folletos sobre determinados cultivos, crianza de animales domésticos, tratamiento de las enfermedades de estos y de las de las plantas, boletines de propaganda agrícola, y con la redacción de una revista técnica que será órgano del Departamento Nacional de Agricultura, se publicara mensualmente y cada ejemplar no tendrá menos de cuatro pliegos de imprenta en impresión. Las publicaciones sobre los temas indicados en este artículo, se distribuirán graciosamente.

Parágrafo

El Gobierno fijara el precio de los manuscritos que se le ofrezcan en venta para publicarlos como trabajos técnicos o de propaganda; pero para poder comprar cualquier manuscrito, este debe tener la aprobación de dos técnicos, por los menos, del Departamento Nacional de Agricultura, o la del Consejo del Instituto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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