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Article 6

Sin Perjuicio De Las Sanciones Disciplinarias A Que Hubiere Lugar, El Representante Legal De Las Entidades Públicas De Nivel Nacional Y Territorial Que, Por Acción U Omisión, Incumpla Las Políticas Y Directrices De Que Trata El Artículo Tercero Del Presente Decreto O No Suministre La Información Requerida Por El Consejo Asesor “sistemas Año 2000” Responderá Patrimonialmente En Los Términos De La Ley

Decreto 2107 de 1998 · por medio del cual se modifica el Decreto 2301 del 17 de septiembre de 1997.

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01

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°. Sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar, el representante legal de las entidades públicas de nivel nacional y territorial que, por acción u omisión, incumpla las políticas y directrices de que trata el artículo tercero del presente decreto o no suministre la información requerida por el Consejo Asesor “Sistemas Año 2000” responderá patrimonialmente en los términos de la ley. Las dependencias encargadas del Control Interno en cada entidad velarán especialmente por el cumplimiento de las políticas y directrices de carácter obligatorio y necesarias para afrontar el proceso de actualización de los sistemas por el cambio de milenio.

02

Constitutional history

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