Los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional en Servicio Activo, tanto en el país como en el exterior, tienen derecho a que el Gobierno les suministre asistencia médica, quirúrgica, odontológica, servicios hospitalarios y farmacéuticos para ellos, sus esposas e hijos legítimos no emancipados y para sus padres cuando dependan económicamente de aquellos, en hospitales y clínicas militares o por medio de contratos de tales servicios con personas naturales o jurídicas.
Article 84
Los Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional En Servicio Activo, Tanto En El País Como En El Exterior, Tienen Derecho A Que El Gobierno Les Suministre Asistencia Médica, Quirúrgica, Odontológica, Servicios Hospitalarios Y Farmacéuticos Para Ellos, Sus Esposas E Hijos Legítimos No Emancipados Y Para Sus Padres Cuando Dependan Económicamente De Aquellos, En Hospitales Y Clínicas Militares O Por Medio De Contratos De Tales Servicios Con Personas Naturales O Jurídicas
Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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