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Article 2.2.30.18

Reubicación De Infraestructura De Telecomunicaciones

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Reubicación de infraestructura de telecomunicaciones. Cuando las entidades territoriales, las entidades públicas o privadas en el ámbito de sus competencias hayan adoptado o pretendan adoptar medidas que pueda tener efectos respecto de redes o infraestructura de telecomunicaciones que ha sido instalada previamente, dichas entidades solicitarán a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y a los proveedores de infraestructura titulares de dicha infraestructura, la presentación de estudios técnicos sobre los posibles efectos que generaría su reubicación respecto de la calidad y la cobertura de los servicios de telecomunicaciones, información que se tendrá como insumo por parte de dichas entidades para el ejercicio de sus competencias. En todo caso las entidades territoriales deben respetar los derechos adquiridos por los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y por los proveedores de infraestructura, respecto de las autorizaciones otorgadas para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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