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Article 32

Consejos Directivos Territoriales

Decreto 219 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Consejos Directivos Territoriales . Los Consejos Directivos Territoriales estarán integrados por

a)

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, o su delegado, quien lo presidirá;

b)

El Gobernador o Gobernadores del Departamento o Departamentos de la jurisdicción de la Dirección territorial, según sea el caso;

c)

Un Alcalde representante de los alcaldes de los distritos, municipios o entidades territoriales indígenas de la jurisdicción de la Dirección Territorial, elegido por estos;

d)

Un profesor o tutor de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP elegido por el profesorado de la respectiva Dirección Territorial;

e)

Un estudiante que curse uno de los programas regulares de la Dirección Territorial, elegido por los estudiantes;

f)

Un egresado de la Escuela, designado por el Consejo Directivo Nacional, para un período de dos años, de terna que le presente el Director Nacional;

g)

Un representante de los Coordinadores de los Centros Territoriales de Administración Pública, CETAP. El Director Territorial asistirá con derecho a voz, pero sin voto. Actuará como Secretario del Consejo Directivo Territorial el funcionario que determine el Director Territorial.

Parágrafo

El ejercicio de la función está condicionada a que los miembros conserven sus calidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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