Informe sobre el examen de la denuncia . Terminada la etapa de examen, el miembro designado para la realización de la misma, presentará un informe con los resultados, donde se deberá establecer si procede o no dar inicio a un procedimiento de investigación ética del denunciado. Con base en el informe sobre el examen de la denuncia, mediante resolución motivada del Consejo, se determinará si hay o no mérito para adelantar procedimiento ético en contra del profesional denunciado y, en caso de decidirse el inicio del procedimiento, en el mismo acto se expedirá la orden respectiva, hará la adecuación típica correspondiente, calificará lo actuado y elevará el pliego de cargos ético.
Decreto 1873 de 1996 →In force
Article 32
Decreto 1873 de 1996 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1986 y se dictan normas de ética profesional para los ingenieros electricistas, mecánicos y profesiones afines
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.