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Article 109

Pasajes Por Traslado O Destinación

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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Text of the article

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Pasajes por traslado o destinación . Los Oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo. Que sean trasladados o destinados dentro de las guarniciones del país o destinados en comisión permanente al exterior, tendrán derecho al reconocimiento de los respectivos pasajes para ellos y, si fueren casados o viudos para sus cónyuges e hijos legítimos menores de 21 años que dependan económicamente de ellos, los inválidos absolutos y los estudiantes hasta la edad de veinticuatro (24) años.

Parágrafo

Cuando el Oficial o Suboficial por razones del servicio o circunstancias del traslado, no pueda llevar la familia a la nueva guarnición o repartición y tenga que situarla en otro lugar dentro del país, tendrá también derecho tenga los pasajes correspondientes para el cónyuge y los hijos legítimos menores de 21 años que dependan económicamente de él, los inválidos absolutos y los estudiantes hasta la edad de veinticuatro (24) años.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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