JurídicoESEN

Article 53

Contratos Cofinanciados

Decreto 1843 de 1994 · por el cual se aprueba el Estatuto Interno de la Caja Promotora de Vivienda Militar

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Contratos cofinanciados. En virtud del artículo 32 del Estatuto General de la Contratación Administrativa, los contratos cofinanciados que celebra la Caja Promotora de Vivienda Militar, son contratos estatales previstos en las disposiciones especiales, Decreto-ley 696 de 1971, Decreto Reglamentario 1988 de 1985, Acuerdos 3 de 1976, 12 y 13 de 1979 de la Junta Directiva, los cuales seguirán rigiéndolos y en lo que concierna con las normas de la Ley 80 de 1993. El Gerente General de la Empresa queda autorizado para adecuar las operaciones de crédito o similares que gestione, ante los sistemas de financiación en los bancos o corporaciones a fin de facilitar el acceso a la solución de vivienda contratada por la Caja Promotora de Vivienda Militar a favor de sus afiliados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1843 de 1994