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Article 2

º

Decreto 1149 de 1999 · por el cual se modifica la estructura del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República

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01

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º. Integración del Consejo Directivo . El Consejo Directivo del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República estará integrado por los siguientes miembros: El Contralor General de la República o su delegado quien la presidirá, El Gerente Administrativo y Financiero, de la Contraloría General de la República El Gerente del Talento Humano de la Contraloría General de la República Un representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Un representante de los funcionarios de la Contraloría General de la República.

Parágrafo 1

El Gerente del Fondo de Bienestar Social forma parte del Consejo Directivo con derecho a voz pero sin voto.

Parágrafo 2

El representante de los funcionarios de la Contraloría Genera de la República y Auditoría Externa, será elegido democráticamente por estos en el mes de octubre por período de dos años no reelegible. La reglamentación sobre su elección estará a cargo de la Gerencia de Talento Humano de la Contraloría General de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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