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Article 5

Decreto 2925 de 2008 · por el cual se reglamenta el artículo 39 de la Ley 300 de 1996.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Procedimiento para efectuar la devolución . Para efectos de la devolución del impuesto sobre las ventas a que se refiere el presente Decreto, deberá adelantarse el siguiente procedimiento

a)

En el momento de salida del país y antes del respectivo chequeo con la empresa transportadora, el turista extranjero se presentará personalmente a la oficina competente de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ubicada en el puerto o aeropuerto internacional correspondiente, con el original del pasaporte, permiso de ingreso y permanencia a los "visitantes turistas" extranjeros expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad - DAS, tarjeta migratoria, credencial expedida por la línea marítima o cualquier otro documento de ingreso, para diligenciar el formato de solicitud de devolución que para el efecto prescriba la misma entidad mediante Resolución, exhibiendo las facturas de venta;

b)

El funcionario encargado de la revisión de los documentos, verificará que se cumplan los requisitos legales de identificación, fechas, valores, conceptos, legibilidad y demás aspectos relacionados con los mismos;

c)

Una vez diligenciado el formato, el funcionario competente, con fundamento en criterios basados en técnicas de análisis de riesgo o aleatoriamente, podrá determinar la práctica de la revisión de los bienes que otorgan derecho a devolución para establecer que efectivamente saldrán del país, utilizando para el efecto las disposiciones establecidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para realizar inspecciones físicas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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