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Article 54

En Desarrollo Del Artículo 65 De La Ley 2ª De 1945, Créase La Caja De Previsión Social De Empleados Civiles Y Obreros Del Ramo De Guerra, A La Cual Serán Afiliados Forzosos Todos Los Empleados Y Obreros De Carácter Permanente Que Presten Sus Servicios En Las Fuerzas Militares

Decreto 2332 de 1946 · Por el cual se reglamentan las prestaciones sociales y se crea la Caja de Previsión Social de los empleados y obreros del Ministerio de Guerra

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En desarrollo del artículo 65 de la Ley 2ª de 1945, créase la Caja de Previsión Social de Empleados Civiles y Obreros del ramo de Guerra, a la cual serán afiliados forzosos todos los empleados y obreros de carácter permanente que presten sus servicios en las fuerzas militares.

02

Constitutional history

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