Modificación de los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.2.11.7.5. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. Modifíquense los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.2.11.7.5. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, el cual quedará así: “1. Se pagarán quinientos veintiséis coma tres unidades de valor tributario (526,3 UVT) en la fecha de vencimiento del término para la presentación del proyecto de calificación y graduación de créditos de la entidad en proceso de liquidación. 2. Del 40% del monto total de los honorarios del liquidador, se descontarán los quinientos veintiséis coma tres unidades de valor tributario (526,3 UVT) pagados al momento de la presentación del proyecto de calificación y graduación de créditos a que hace referencia el numeral 1 precedente.”
Decreto 2642 de 2022 →In force
Article 39
Modificación De Los Numerales 1 Y 2 Del Artículo 2
Decreto 2642 de 2022 · por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 y los Decretos 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector, Comercio, Industria y Turismo, 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación y 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.