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Article 8

Ley 152 de 1994 · por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo

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01

Text of the article

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Autoridades e instancias nacionales de planeación. Son autoridades nacionales de planeación:

1.

El Presidente de la República, quien es el máximo orientador de la planeación nacional.

2.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) y el Conpes Social.

3.

El Departamento Nacional de Planeación, que ejercerá la secretaría del Conpes y así mismo desarrollará las orientaciones de planeación impartidas por el Presidente de la República, y coordinará el trabajo de formulación del plan con los ministerios, departamentos administrativos, entidades territoriales, las regiones administrativas y de planificación.

4.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que velará por la consistencia de los aspectos presupuestales del plan con las leyes anuales de presupuesto.

5.

Los demás Ministerios y Departamentos Administrativos en su ámbito funcional, conforme a las orientaciones de las autoridades precedentes.

Son instancias nacionales de planeación:

1.

El Congreso de la República.

2.

El Consejo Nacional de Planeación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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