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Article 1.7.1.4.6

Solicitud De Visto Bueno

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Una vez vencido el término del Artículo 1.7.1.4.4 de esta resolución, o recibida la respuesta al emplazamiento especial por abuso, el funcionario competente que viene conociendo de la investigación deberá solicitar, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a través de oficio, al Director de la Seccional Correspondiente y al delegado del Director de Gestión de Fiscalización Nivel Central, visto bueno para continuar con el proceso.

La solicitud deberá contener toda la información pertinente sobre el caso objeto de estudio. El funcionario solicitante deberá entregar toda la información y pruebas aportadas en la respuesta al emplazamiento del contribuyente.

(Artículo 15, Resolución 4 de 2020)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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