º . La junta directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras podrá reconocer a los liquidadores primas de gestión por concepto del desempeño como liquidadores, con base en factores tales como la agilidad con que se desarrolle el proceso, el manejo de los gastos, el ritmo de recuperación de la cartera, la realización de proyectos específicos y el cumplimiento de las metas previstas en sus planes de acción. El Fondo determinará la periodicidad con la cual se pagarán dichas primas.
Decreto 95 de 2000 →In force
Article 5
Decreto 95 de 2000 · Por el cual se determinan y reglamentan los honorarios de los liquidadores y contralores designados por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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