JurídicoESEN

Article 6

Decreto 209 de 1888 · en ejecución de la ley 7ª de 1888 "sobre elecciones populares".

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Art. 6.° Una vez nombradas las Juntas electorales se reunirán en las cabeceras de los Distritos electorales respectivos, el día 15 del mismo mes de Marzo, harán las designaciones de Jurados municipales y las comunicarán inmediatamente, por los medios más seguros, á los nombrados, para que éstos puedan instalarse el 1.° de Abril siguiente. Todos estos nombramientos deberán publicarse inmediatamente y de preferencia en el periódico oficial de cada Departamento, y el número del periódico en que la publicación se haga se distribuirá con profusión y rapidez en todos los municipios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 209 de 1888