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Article 48

Son Funciones De La Subdirección De Investigaciones Aduaneras: A) Programar, Dirigir Y Controlar Las Labores De Prevención, Represión Y Aprehensión Del Contrabando En Todo El País, Comunicando Al Director General De Aduanas Los Resultados De Sus Actividades; B) Determinar En Coordinación Con La Dirección General De Aduanas, Las Operaciones Aéreas, Marítimas Y Terrestres En El País, Para La Prevención Y Represión Del Contrabando Y Las Infracciones Aduaneras; C) Orientar Y Coordinar Los Programas Generales De Actividades De Las Divisiones De Investigación Y Vigilancia Aduanera De Las Jefaturas Regionales De Aduana; D) Llevar El Control Del Equipo Y Armamento De Los Funcionarios De Esta Subdirección Y Remitir La Documentación Correspondiente Al Ministerio De Defensa; E) Coordinar Los Comités De Lucha Contra Las Infracciones Aduaneras; F) Ejercer Las Funciones De Cuerpo Técnico De Policía Judicial, O De Los Organismos Que Hagan Sus Veces, En Los Términos Previstos Por La Ley; G) Elaborar El Plan De Actividades De La Subdirección Para Aprobación Del Subdirector General De Aduanas

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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ARTICULO 48. Son funciones de la Subdirección de Investigaciones Aduaneras

a)

Programar, dirigir y controlar las labores de prevención, represión y aprehensión del contrabando en todo el país, comunicando al Director General de Aduanas los resultados de sus actividades;

b)

Determinar en coordinación con la Dirección General de Aduanas, las operaciones aéreas, marítimas y terrestres en el país, para la prevención y represión del contrabando y las infracciones aduaneras;

c)

Orientar y coordinar los programas generales de actividades de las Divisiones de Investigación y Vigilancia Aduanera de las Jefaturas Regionales de Aduana;

d)

Llevar el control del equipo y armamento de los funcionarios de esta Subdirección y remitir la documentación correspondiente al Ministerio de Defensa;

e)

Coordinar los Comités de Lucha contra las Infracciones Aduaneras;

f)

Ejercer las funciones de Cuerpo Técnico de Policía Judicial, o de los organismos que hagan sus veces, en los términos previstos por la ley;

g)

Elaborar el Plan de Actividades de la Subdirección para aprobación del Subdirector General de Aduanas.

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