El personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional que no haya adoptado la nueva nomenclatura y clasificación de empleos establecidas en el Decreto 092 de 2007 y sus decretos modificatorios tendrá derecho a un incremento salarial en su asignación básica mensual, para el año 2010, correspondiente al dos por ciento (2%), calculado sobre la asignación básica mensual que devengaba a 31 de diciembre del año 2009. Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.
Article 34
Decreto 1530 de 2010 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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