Créanse cinco (5) becas de honor para estudiantes en Ciencias de la Salud, a nivel universitario y de post-grado, denominadas “Antonio Roldán Betancour”.
Con la anterior finalidad, el Gobierno Nacional -Ministerio de Educación Nacional- celebrará dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la presente Ley los convenios necesarios con las respectivas entidades educativas o con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex.