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Article 101

Los Empleados De Carrera De La Registraduría Nacional Del Estado Civil Deberán Ser Declarados Insubsistentes Por Las Respectivas Autoridades Nominadoras, En Los Siguientes Casos: A) Cuando El Empleado En Período De Prueba Obtenga Dos (2) Calificaciones De Servicios Sucesivas No Satisfactorias: B) Cuando Al Término Del Período De Prueba El Funcionario No Obtenga Calificación De Servicios Satisfactoria Para Ser Inscrito En La Carrera; C) Cuando El Consejo Superior De La Carrera Así Lo Disponga Conforme Al Artículo 77 Del Presente Decreto; D) Cuando El Rendimiento Del Empleado Inscrito En La Carrera Sea Deficiente, De Acuerdo Con Dos (2) Calificaciones No Satisfactorias De Servicio Obtenidas Dentro Del Mismo Año Calendario

Decreto 3492 de 1986 · por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los empleados de Carrera de la Registraduría Nacional del Estado Civil deberán ser declarados insubsistentes por las respectivas Autoridades Nominadoras, en los siguientes casos

a)

Cuando el empleado en período de prueba obtenga dos (2) calificaciones de Servicios sucesivas no satisfactorias:

b)

Cuando al término del período de prueba el funcionario no obtenga calificación de Servicios satisfactoria para ser inscrito en la Carrera;

c)

Cuando el Consejo Superior de la Carrera así lo disponga conforme al artículo 77 del presente Decreto;

d)

Cuando el rendimiento del empleado inscrito en la Carrera sea deficiente, de acuerdo con dos (2) Calificaciones no satisfactorias de servicio obtenidas dentro del mismo año calendario.

02

Constitutional history

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