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Article 2

Contratación Por Urgencia Manifiesta

Decreto 1420 de 2026 · Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, modificado' por el Decreto 1348 del 31 de agosto de 2026, y ;

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01

Text of the article

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Con ocasión de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, yen los términos del artículo 42 de la Ley 80 de 1993, se entiende comprobado el hecho que da lugar a declarar la urgencia manifiesta por parte de las entidades estatales, para la contratación directa del suministro de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de obras necesarias para atender, mitigar y superar los efectos del terremoto del 10 de agosto de 2026 y sus réplicas.

Con el mismo propósito, las entidades estatales sujetas a regímenes especiales o exceptuadas de la Ley 80 de 1993 podrán contratar de manera directa el suministro de bienes, la ejecución de obras y la prestación de servicios.

Parágrafo

Esta medida solo podrá aplicarse durante la vigencia de la situación de desastre declarada por el Decreto 1171 de 2026 y sus eventuales prórrogas, en caso de haberlas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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