Podrá expedirse pasaporte al menor que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones
Cuando carezca de representante legal o se desconozca el paradero del mismo;
Cuando el representante legal no se encuentre en condiciones de poderlo representar o acompañar. En estos casos se requiere autorización expresa y escrita del defensor de familia.
En el exterior, bajo responsabilidad del cónsul, se podrá expedir pasaporte al menor que se encuentre en una de las situaciones antes previstas. CAPITULO VI De la libreta de tripulante terrestre