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Article 1

Apruébase La Reforma Parcial De Los Estatutos De La Empresa Colombiana De Petróleos, Ecopetrol, Adoptada Por La Junta Directiva De La Entidad Mediante Acuerdo Número 05 Del 5 De Noviembre De 1996, Cuyo Texto Es El Siguiente: La Junta Directiva De La Empresa Colombiana De Petróleos, En Uso De Las Facultades Consagradas En El Artículo 9º Literal Q E I Del Decreto 1209 De 1994 Y Teniendo En Cuenta Que El Artículo 19 Del Decreto 12090 De 1994 Establece Que El Capital De La Empresa Es De Trescientos Mil Millones De Pesos, Y Que Constituirán Aumentos Sucesivos De Capital Los Bienes Y Derechos Que La Ley O El Gobierno Le Asignen O Aporten

Decreto 2140 de 1996 · Por el cual se aprueba una reforma parcial de los estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol

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Text of the article

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º. Apruébase la reforma parcial de los estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, adoptada por la Junta Directiva de la entidad mediante Acuerdo número 05 del 5 de noviembre de 1996, cuyo texto es el siguiente: La Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Petróleos, en uso de las facultades consagradas en el artículo 9º literal q e I del Decreto 1209 de 1994 y teniendo en cuenta que el artículo 19 del Decreto 12090 de 1994 establece que el capital de la Empresa es de trescientos mil millones de pesos, y que constituirán aumentos sucesivos de capital los bienes y derechos que la Ley o el Gobierno le asignen o aporten. RESUELVE: Artículo 1º. Aumentar el capital autorizado de la Empresa, el cual quedará en la suma de dos mil millardos de pesos ($2.000 millardos). Artículo 2 º . El artículo 19 de los Estatutos de la Empresa quedará así: El capital de la Empresa es de dos mil millardos de pesos ($2.000 millardos) moneda legal. Constituirán aumentos sucesivos de capital, los bienes y derechos que la ley o el Gobierno le asignen o aporten. Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día cinco (5) del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996). El Presidente, (Firmado) Rodrigo Villamizar Alvargonzález. La Secretaria General, (Firmado) Martha Sofía Serrano de Medina».

02

Constitutional history

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