JurídicoESEN

Article 6

º Son Funciones De Los Comités Seccionales De Garantías Las Siguientes: A) Cooperar Y Colaborar En Forma Permanente Con El Comité Nacional En El Ejercicio De Las Funciones Asignadas A Éste Por El Decreto 2036 De 1987; B) Colaborar Con El Gobierno Seccional En El Normal Desenvolvimiento Del Proceso Electoral Que Culminará El 13 De Marzo De 1988, Para Garantizar El Libre Ejercicio De Los Derechos Del Sufragio

Decreto 2139 de 1987 · por el cual se autoriza la creación de Comités Seccionales de Garantías.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Son funciones de los Comités Seccionales de Garantías las siguientes

a)

Cooperar y colaborar en forma permanente con el Comité Nacional en el ejercicio de las funciones asignadas a éste por el Decreto 2036 de 1987;

b)

Colaborar con el gobierno seccional en el normal desenvolvimiento del proceso electoral que culminará el 13 de marzo de 1988, para garantizar el libre ejercicio de los derechos del sufragio.

c)

Recibir y analizar las quejas y reclamos que por su conducto presenten al gobierno seccional los partidos y movimientos políticos por violación de los derechos políticos o perturbación de su ejercicio;

d)

Analizar los reclamos que por intervención en política de los funcionarios públicos, formulen al gobierno seccional los partidos o movimientos políticos;

e)

Tramitar ante el Comité Nacional de Garantías las quejas y reclamos que, por sus implicaciones y características, considere que deben ser atendidas por ese organismo;

f)

Hacer al gobierno seccional las recomendaciones que sean pertinentes para lograr el normal desarrollo del debate electoral;

g)

Las demás que les determine el Gobierno, directamente, o por recomendación del Comité Nacional de Garantías.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2139 de 1987