De conformidad con lo establecido en el Decreto: 3130 de 1968, la estructura interna del Instituto será determinada la Junta Directiva y se ajustará a las siguientes normas
Las unidades de nivel directivo se denominarán SubDirecciones
Las unidades asesoras o coordinadoras se denominarán Comités; y
Las unidades operativas incluidas las que atienden los servicios administrativos se denominarán Divisiones, Secciones y Grupos.