Los propietarios de predios, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que se beneficien directa o indirectamente con obras o trabajos de ordenación de una cuenca hidrográfica están obligados a pagar tasa proporcional al beneficio recibido, de acuerdo con lo dispuesto por las leyes. Sección IV De la cooperación de los usuarios.
Article 322
Los Propietarios De Predios, Sean Personas Naturales O Jurídicas, Públicas O Privadas, Que Se Beneficien Directa O Indirectamente Con Obras O Trabajos De Ordenación De Una Cuenca Hidrográfica Están Obligados A Pagar Tasa Proporcional Al Beneficio Recibido, De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por Las Leyes
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
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