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Article 5

Funciones Del Comité Técnico Nacional De Patrimonio Mundial

Decreto 1550 de 2022 · por el cual se suprimen y modifican algunas instancias intersectoriales presididas por el Ministerio de Cultura.

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01

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°. Funciones del Comité Técnico Nacional de Patrimonio Mundial. Son funciones del Comité Técnico Nacional de Patrimonio Mundial las siguientes

1.

Estudiar, evaluar y conceptuar respecto de todas las candidaturas que Colombia presente ante la Unesco, con el objeto de inscribir bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural, en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial.

2.

Proponer acciones para implementar, en el ámbito nacional, la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural y la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco.

3.

Hacer seguimiento al cumplimiento y aplicación de la Convención de Patrimonio Mundial y de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, y de otros recursos normativos de la Unesco, en el territorio colombiano.

4.

Participar en procesos de gestión y participación de la comunidad y de la empresa privada para lograr la incorporación del patrimonio cultural, natural e inmaterial en la dinámica social y así garantizar su sostenibilidad.

5.

Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos locales, adquiridos por las entidades nacionales, departamentales, distritales, municipales y étnicas para el mantenimiento y la conservación de los bienes y manifestaciones inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco.

6.

Articular entre la Unesco, la Nación y las Entidades Territoriales el manejo de los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco.

7.

Conceptuar sobre las solicitudes de asistencia técnica y financiera internacional que se formulen para la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación de los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural.

8.

Consolidar los informes periódicos que elaboren las entidades que manejan el patrimonio cultural, natural e inmaterial, para ser presentados ante la Unesco y demás informes solicitados sobre los temas de su competencia.

9.

Expedir su propio reglamento.

10.

Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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