º. Créase, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional la Empresa de Astilleros y Servicios Navales de Colombia, como empresa industrial y comercial del Estado, esto es con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, para el cumplimiento de las actividades que se señalan en el presente Decreto. La Empresa tendrá domicilio en Cartagena, pero podrá establecer sucursales o agencias en otras ciudades.
Con las limitaciones establecidas o que se establezcan en las leyes o decretos y dentro de las prescripciones de sus estatutos, la Empresa de Astilleros y Servicios Navales de Colombia estará sujeta en su funcionamiento al régimen de derecho privado.