JurídicoESEN

Article 14

Decreto 3805 de 2003 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Personas Jurídicas y demás contribuyentes . Declaración de Renta y Complementarios. Por el año gravable 2003 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la DIAN las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial diferentes a las calificadas como "Grandes Contribuyentes". Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto del impuesto de renta y el anticipo, así como la sobretasa y anticipo a que se refiere el artículo 260-11 del Estatuto Tributario, se inician el 3 de febrero del año 2004 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación atendiendo al último dígito del NIT del declarante, así: Si el último dígito es: Declaración y Pago 1ª cuota Pago 2ª cuota 9 ó 0 01 de Abril año 2004 07 de Junio año 2004 7 u 8 02 de Abril año 2004 08 de Junio año 2004 5 ó 6 05 de Abril año 2004 09 de Junio año 2004 3 ó 4 06 de Abril año 2004 10 de Junio año 2004 1 ó 2 07 de Abril año 2004 11 de Junio año 2004

Parágrafo

Las sucursales de sociedades extranjeras, o las personas naturales no residentes en el país, que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros, podrán presentar la declaración de renta y complementarios por el año gravable 2003 y cancelar en una sola cuota el impuesto a cargo y el anticipo, así como la sobretasa y anticipo a que se refiere el artículo 260-11 del Estatuto Tributario, hasta el 22 de octubre del año 2004, cualquiera sea el último dígito de su Número de Identificación Tributaria (NIT), sin perjuicio de los tratados internacionales vigentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3805 de 2003