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Article 129

Los Comandantes De Piquetes En Guarnición, Sólo Darán Pasaportes Á Las Escoltas De Correos Y De Presos; Los Jefes De Batallones Destacados, Á Las Mismas Escoltas Y Á Los Oficiales É Individuos De Tropa Que Se Retiren Con Licencia Indefinida Ó Sean Dados De Baja; Y Los Estados Mayores Parciales Los Darán En Cualquiera De Los Casos Anteriores Y Á Los Jefes Y Empleados Administrativos Del Ejército Cuando Se Retiren

Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar

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Text of the article

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Los Comandantes de piquetes en guarnición, sólo darán pasaportes á las escoltas de correos y de presos; los Jefes de Batallones destacados, á las mismas escoltas y á los Oficiales é individuos de tropa que se retiren con licencia indefinida ó sean dados de baja; y los Estados Mayores parciales los darán en cualquiera de los casos anteriores y á los Jefes y empleados administrativos del Ejército cuando se retiren. El Ministerio de Guerra podrá facultar á estas autoridades para expedir pasaportes á comisiones especiales ó en otros casos que no les estén señalados; más tal autorización se les dará por conducto del Estado Mayor General.

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Constitutional history

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