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Article 2

Declarado Nulo

Decreto 3066 de 2007 · por el cual se profieren disposiciones necesarias para la transición institucional originada por la nueva estructura legal bajo la cual funcionará el Sector Agrícola, Pecuario, Forestal y Pesquero en los términos de la Ley 1152 de 2007, Estatuto de Desarrollo Rural.

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01

Text of the article

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Declarado nulo.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2°. Durante el término previsto en el artículo 24 de la Ley 1152 de 2007, el Incoder, en coordinación con el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional -Acción Social, y las demás entidades a las que concierne asumir las funciones trasladadas, continuará realizando las actividades atinentes a las competencias reasignadas por virtud de la ley.

Dentro del mencionado término, el Incoder colaborará con la creación y puesta en funcionamiento de los grupos de trabajo necesarios para el ejercicio de las respectivas funciones en las entidades receptoras de competencias, para lo cual, efectuará los trámites correspondientes al traslado y recepción de la información, expedientes, actos administrativos y demás documentos a que haya lugar.

02

Constitutional history

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