° Para efectos de la concurrencia de los Departamentos, Intendencias y Comisarías en la prestación de los servicios de que trata el artículo 1° del Decreto 77 de 1987, se podrán celebrar convenios interadministrativos de cooperación entre el Departamento, Intendencia o Comisaría y los respectivos Municipios, con el fin de que el personal del Instituto Nacional de Salud que fue incorporado a las entidades seccionales, preste asistencia técnica para el desarrollo del programa de Saneamiento Básico Rural que se encuentra a cargo de los mismos municipios.
Article 1
Para Efectos De La Concurrencia De Los Departamentos, Intendencias Y Comisarías En La Prestación De Los Servicios De Que Trata El Artículo 1° Del Decreto 77 De 1987, Se Podrán Celebrar Convenios Interadministrativos De Cooperación Entre El Departamento, Intendencia O Comisaría Y Los Respectivos Municipios, Con El Fin De Que El Personal Del Instituto Nacional De Salud Que Fue Incorporado A Las Entidades Seccionales, Preste Asistencia Técnica Para El Desarrollo Del Programa De Saneamiento Básico Rural Que Se Encuentra A Cargo De Los Mismos Municipios
Decreto 2692 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 77 de 1987.
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