JurídicoESEN

Article 23

Los Perros Asignados Para Vigilancia Y Seguridad Privada, Deben Ser Previamente Entrenados En El Ejercicio Básico De Defensa Controlada, Con Un Curso No Inferior A Cuatro (4) Meses, El Cual Se Demostrará Con Las Certificaciones Que Para Tal Efecto Expida La Policía Nacional- Escuela De Formación De Guías Y Adiestramiento De Perros, El Centro De Adiestramiento Canino Del Ejército Nacional O Por Entidades Debidamente Autorizadas Por La Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada

Decreto 2187 de 2001 · por el cual se reglamenta el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada contenido en el Decreto -ley 356 del 11 de febrero de 1994.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los perros asignados para vigilancia y seguridad privada, deben ser previamente entrenados en el ejercicio básico de defensa controlada, con un curso no inferior a cuatro (4) meses, el cual se demostrará con las certificaciones que para tal efecto expida la Policía Nacional- Escuela de Formación de Guías y Adiestramiento de Perros, el Centro de Adiestramiento Canino del Ejército Nacional o por entidades debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2187 de 2001