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Article 2.2.2.55.6

Comité De Articulación Público-Privado

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Comité de articulación público-privado. La Ventanilla Única Empresarial (VUE) contará con un comité de articulación público-privado cuyo objeto será propender por la interacción y alineación entre las entidades miembros para definir objetivos, prioridades de integración de trámites y planes comunes en materia de simplificación para el desarrollo de la actividad empresarial.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo fijará el reglamento y conformación del Comité de Articulación Público- Privado que deberá estar contornado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio del Trabajo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), la Cámara de Comercio de Bogotá y la Confederación de las Cámaras de Comercio (Confecámaras), como agremiación de las Cámaras de Comercio, y las demás entidades que señale el mencionado Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Este Comité trabajará de manera coordinada con el Sistema de Competividad, Ciencia, Tecnología e Innovación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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