Plazo para actualizar los reglamentos. Se da un plazo máximo de cinco (5) meses, contados a partir de la vigencia de este decreto, para que los Consejos Superiores Universitarios expidan las normas que les corresponden de acuerdo con este decreto y actualicen los estatutos docentes. Mientras se expiden los reglamentos que corresponden, sin exceder el término aquí señalado, las instituciones continúan rigiéndose por sus estatutos y reglamentos. Las normas de este decreto que no requieran reglamentación o expedición de estatutos por parte de las universidades entran en vigencia inmediata.
Decreto 1279 de 2002 →In force
Article 63
Plazo Para Actualizar Los Reglamentos
Decreto 1279 de 2002 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.