Audiencias públicas . Previamente a la adopción de decisiones que impliquen contenido particular o general, la Comisión podrá convocar a audiencias públicas o privadas que deberán ser atendidas por el Comité de Expertos y en las cuales se escucharán los argumentos, estudios, sugerencias o recomendaciones que sean formuladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. A esas audiencias podrán invitarse los directamente interesados en los resultados de la decisión y todas las personas que por una u otra razón puedan conocer los asuntos.
Decreto 2253 de 1993 →In force
Article 21
Audiencias Públicas
Decreto 2253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta el funcionamiento de la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico y se adoptan sus estatutos.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.