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Article 4

Asignaciones Especiales

Decreto 668 de 2022 · Por el cual se fijan los regímenes especiales en materia salarial, prestacional, pensional y de asignación de retiro para el personal de Patrulleros de Policía de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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°. Asignaciones Especiales. El Patrullero de Policía en servicio activo, que desempeñe cargos en el Ministerio de Defensa Nacional, en los organismos descentralizados, adscritos o vinculados a este o en otras dependencias oficiales, cuyos cargos tengan asignaciones especiales, devengará la asignación correspondiente al cargo; el subsidio y las primas que le corresponden como Patrullero de Policía se liquidarán y pagarán sobre la asignación básica mensual del grado y serán a cargo de la Policía Nacional. Cuando la asignación especial del cargo sea inferior a la asignación básica mensual del grado, el Patrullero de Policía continuará recibiendo esta última junto con el subsidio y las primas en cabeza de la Policía Nacional.

Parágrafo

La liquidación de los descuentos legales y de las prestaciones sociales, se efectuará sobre la asignación básica mensual del grado de Patrullero de Policía conforme a la normatividad vigente.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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