Créanse una Comisión de cinco miembros, que deberán ser abogados de reconocida competencia y versación, nombrados por la Corte Suprema de Justicia, por el sistema del voto incompleto, procurando que en ella tengan asiento ex- Magistrados de la misma Corte, ex-Magistrados de los Tribunales o miembros de la Academia de Jurisprudencia, a fin de que teniendo en cuenta los conceptos de la Corte Suprema, de los Tribunales y Juzgados, de la Academia de Jurisprudencia, y de los abogados titulados del país, llene los vacíos y corrija los errores de que adolezca la mencionada Ley 103 de 1923 , y ejerza además las funciones que señalan los artículos siguientes.
Ley 26 de 1924 →In force
Article 3
Ley 26 de 1924 · Por la cual se dictan varias disposiciones sobre procedimiento judicial y se crea una comisión
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.