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Article 13

De Los Trabajadores Oficiales

Decreto 2163 de 1992 · por el cual se suprime el servicio Naviero Armada Republica de Colombia "SENARC".

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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ARTICULO 13. De los Trabajadores Oficiales. - Los trabajadores oficiales a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de la supresión de la entidad en desarrollo del Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política, tendrán derecho a la siguiente indemnización

1.

Cuarenta y cinco (45) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año;

2.

Si el trabajador tuviere mas de un (1) año de servicio continuo y menos de cinco (5), se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) días básicos del numeral 1 por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción;

3.

Si el trabajador o empleado tuviere cinco (5) años o más de servicio continuo y menos de diez (10), se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) días básicos del numeral 1 por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción.

Parágrafo

Para los efectos previstos en el presente Artículo, el tiempo de servicio continuo se contabilizará a partir de la fecha de la última o la única vinculación del trabajador oficial con el Servicio Naviero Armada República de Colombia "SENARC".

02

Constitutional history

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