º Suboficiales de los Servicios De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de Decreto 2338 de 1971, son suboficiales de los Servicios aquellos que por poseer títulos o certificados de idoneidad, de acuerdo con las condiciones establecidas en este decreto, sean escalafonados en carrera Policial para colaborar con los Oficiales en cumplimiento de funciones administrativas, científicas o técnicas en las especialidades de armería, contabilidad, comunicaciones, transportes, mecánica de motores, enfermería, veterinaria, topografía, sistematización, administración, criminalística y criminología.
Article 3
Suboficiales De Los Servicios De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 8 De Decreto 2338 De 1971, Son Suboficiales De Los Servicios Aquellos Que Por Poseer Títulos O Certificados De Idoneidad, De Acuerdo Con Las Condiciones Establecidas En Este Decreto, Sean Escalafonados En Carrera Policial Para Colaborar Con Los Oficiales En Cumplimiento De Funciones Administrativas, Científicas O Técnicas En Las Especialidades De Armería, Contabilidad, Comunicaciones, Transportes, Mecánica De Motores, Enfermería, Veterinaria, Topografía, Sistematización, Administración, Criminalística Y Criminología
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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