JurídicoESEN

Article 39

De La División De Auditoría De Entidades Financieras Y Seguros

Decreto 924 de 1976 · Por el cual se establece la estructura orgánica de la Contraloria General de la República

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De La División De Auditoría De Entidades Financieras Y Seguros . Corresponde a la División de Auditoría de Entidades Financieras y de Seguros, por medio de las secciones que la integran, desarrollar las siguientes funciones

a)

Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la División;

b)

Elaborar los programas específicos de auditoría financiera y operativa;

c)

Practicar la auditoría financiera a las entidades señaladas en el artículo 22 de la Ley 20 de 1975, con el objeto de analizar y proyectar los informes y dictámenes para la aprobación de los balances y demás estados financieros de dichas entidades;

d)

Supervisar y evaluar la ejecución de los programas específicos de auditoría;

e)

Preparar y revisar los Informes y dictámenes de auditoría que serán sometidos a través de la Dirección a consideración del Contralor General de la República;

f)

Practicar las visitas periódicas a las oficinas de revisoría o auditoría interna de que trata el artículo 23 de la Ley 20 de 1975;

g)

Practicar la auditoría y examen de la Cuenta Especial de Cambio de que trata el artículo 25 de la Ley 20 de 1975;

h)

Organizar, mantener y custodiar el archivo permanente de los papeles de trabajo resultantes de cada auditoría practicada;

i)

Proponer a la Dirección los cursos y seminarios en materias específicas para la actualización de los auditores financieros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 924 de 1976