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Article 10

Secretario General

Decreto 2159 de 1992 · por el cual se fusiona la Dirección Nacional de Estupefacientes con el Fondo Rotatorio de Prevencion, Represion y Rehabilitacion del Consejo Nacional de Estupefacientes.

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ARTICULO 10. SECRETARIO GENERAL. El Secretario General será el funcionario encargado de asegurar la orientación técnica de la administración de la Dirección, garantizando la eficiente prestación de los servicios y el normal funcionamiento de la organización. Las funciones del Secretario General son las siguientes

1.

Refrendar con su firma los actos administrativos del Director Nacional de Estupefacientes y comunicarlos a los interesados.

2.

Asistir al Director Nacional en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionados con la administración de la Dirección y en la ejecución de los mismos.

3.

Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionados con los asuntos financieros, de administración de personal, de sistemas y de servicios administrativos de la Dirección.

4.

Ejercer la Secretaría del Consejo Nacional de Estupefacientes.

5.

Presidir el Comité de Contratación y Compras de la Dirección Nacional de Estupefacientes.

6.

Presidir la Comisión de Personal de la Dirección Nacional de Estupefacientes. 7 .Elaborar estudios relacionados con las diferentes operaciones que debe efectuar la Dirección para la obtención de nuevos recursos financieros. 8. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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