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Article 21

Funciones De La Junta Directiva

Decreto 1277 de 1994 · por el cual se organiza y establece el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam

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01

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Funciones de la Junta Directiva. Serán funciones de la Junta Directiva las siguientes

a)

Formular la política general del Instituto;

b)

Aprobar el plan estratégico y controlar el cumplimiento de la programación operativa anual;

c)

Aprobar los programas y proyectos del Instituto de acuerdo con la política del Ministerio del Medio Ambiente y el Plan Nacional de Desarrollo;

d)

Evaluar el desempeño del Instituto en cumplimiento de las políticas, planes y programas propuestos;

e)

Disponer la participación del Instituto en otras entidades;

f)

Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto;

g)

Adoptar los Estatutos Internos del Instituto y cualquier reforma que a ellos se introduzca;

h)

Adoptar la Estructura Interna y la planta de personal del Instituto, así como sus modificaciones y someterlas a la aprobación del Gobierno Nacional;

i)

Aprobar la conformación del Comité Científico;

j)

Aprobar los proyectos de actos y convenios que impliquen obligaciones del Instituto como representante del Gobierno Nacional con Gobiernos Extranjeros u Organismos Internacionales de acuerdo con las disposiciones vigentes;

k)

Disponer la contratación de empréstitos externos e internos para el Instituto y autorizar los contratos correspondientes de conformidad con las disposiciones vigentes;

l)

Autorizar de manera previa a su otorgamiento por la autoridad competente, las comisiones al exterior para el Director General del Instituto de conformidad con las disposiciones vigentes;

m)

Delegar en otras entidades públicas, con el voto favorable del Presidente de la Junta Directiva, funciones encomendadas al Instituto y reasumirlas si fuere el caso;

n)

Determinar cuáles de los servicios que presta el Instituto deben cobrarse y fijar su precio; ñ) Proferir los acuerdos que sean necesarios para el desarrollo de las atribuciones asignadas o previstas en la Ley 99 de 1993 y en este Decreto;

o)

Examinar las cuentas y balances cuando lo estime conveniente;

p)

Delegar en el Director General alguna de sus funciones cuando lo considere conveniente;

q)

Aprobar el sistema de control interno del Instituto;

r)

Expedir su propio reglamento;

s)

Las demás que le fije la ley, los reglamentos y los estatutos.

02

Constitutional history

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