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Article 41

Subsecretaría De Comercialización

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

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01

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ARTICULO 41. Subsecretaría de Comercialización . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector General y la Secretaría General, son funciones de la Subsecretaría de Comercialización, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Planear, dirigir y supervisar las labores de comercialización y mercadeo de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación;

b)

Disponer de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas, mediante la enajenación, donación o destrucción, conforme a las normas pertinentes;

c)

Asesorar a las diferentes Administraciones en los asuntos relativos al mercadeo, valoración comercial e inventario adecuado de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación;

d)

Supervisar y controlar la correcta administración del sistema de información sobre mercancías ingresadas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en el Nivel Regional y mantener consolidada esta información;

e)

Ejercer el control y aplicar las sanciones, cuando fuere del caso, a las entidades autorizadas para almacenar mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas;

f)

Supervisar o efectuar, según el caso, la liquidación y contabilización de los gastos de administración y de los ingresos a favor de la Nación por la operación comercial;

g)

Avocar el conocimiento y competencia de funciones y asuntos a cargo de las dependencias de comercialización en las Administraciones, cuando existan circunstancias excepcionales que así lo ameriten y previa la autorización del Director; y

h)

Las demás que le asignen el Subdirector General y la Secretaría General.

02

Constitutional history

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